La suspensión del IGSS se refiere a la interrupción temporal del derecho de un trabajador a recibir los beneficios que proporciona el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), ya sea en términos de atención médica, pensiones o cualquier otro tipo de prestación social que brinda este sistema. La suspensión puede ocurrir por diversas razones y puede involucrar tanto al empleador como al trabajador.
Causas más comunes por la que el empleado ya no gozaría del servicio del IGSS:
¿Cuáles son las consecuencias de una suspensión del IGSS?
Un subsidio por IGSS es una ayuda económica que el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) proporciona a los trabajadores asegurados que, debido a alguna condición de salud, no pueden desempeñar su trabajo temporalmente. El subsidio tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos durante el período en que el trabajador no puede laborar por razones médicas, ya sea por enfermedad, accidente o maternidad.
Tipos de Subsidios por IGSS
Encuentra las siguientes preguntas frecuentes y más información relacionada en el siguiente link de la página oficial del IGSS: Subsidio por Enfermedad – Instituto Guatemalteco de Seguridad Social
¿Cuánto es el máximo de subsidio diario que el Instituto otorga por enfermedad?
En caso de enfermedad, el Instituto otorga un máximo de Q.120.00 diarios
¿Cuáles son las condiciones que debe cumplir el afiliado para tener derecho a subsidio por suspensión?
Tener vigencia laboral a la fecha del riesgo y acreditar un mínimo de 4 meses o períodos de contribución dentro de los 6 meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que inicie la suspensión temporal de trabajo.
¿Qué cantidad de mi salario paga el IGSS por suspensión en el caso de enfermedad?
El IGSS otorga prestaciones en dinero al afiliado a partir del cuarto día de la suspensión temporal del trabajo, correspondiente a dos tercios del salario base diario, según planillas de Seguridad Social.
¿Cómo cobrar el subsidio por suspensión?
Una vez le hayan informado al afiliado la fecha de pago, debe presentarse a la agencia más cercana del banco que le sea indicado, con su Documento Personal de Identificación –DPI- para realizar el cobro correspondiente.